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Si has decido realizar un donativo puntual a PERSOVUSES, TE INFORMAMOS QUE PUEDES DEDUCIRTE ESTAS DONACIONES de tu declaración de la renta. Hasta ahora las personas físicas que efectuaban donativos a ONG se podían desgravar en su declaración de la renta un 25%. Con la nueva reforma fiscal, a partir del 1 de enero de 2016, las personas física que realicen donativos a las entidades acogidas a la Ley 49/2002, se podrán deducir en su declaración de la renta, por los primeros 150 euros de donativos un 75% y si el donativo supera los 150 euros, se podrá desgravar a partir de este importe un 30%.

El art.19 de la Ley 49/2002 introduce un nuevo supuesto: el haber realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducciones a favor de la misma entidad en los dos periodos impositivos inmediatamente anteriores, en cada uno de ellos, en un importe igual o superior al de lo aportado en el ejercicio anterior, en cuyo caso se incrementa el porcentaje de deducción para la base que exceda de los 150 euros.

Personas físicas (IRPF) Ejercicio 2015 Ejercicios 2016
y posteriores
Primeros 150€ 50% 75%
Resto 27.5% 30%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * 32.5% 35%
Límite deducción base liquidable 10% 10%
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
  • Si eres PERSONA FÍSICA, EN EL IRPF CORRESPONDIENTE A 2016 PODRÁS DEDUCIRTE EL 75% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 30% o del 35% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.

Deducciones en la cuota del impuesto sobre sociedades

Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra, minorada en las deducciones y bonificaciones previstas en los capítulos II, III y IV del Título VI de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, el 35 por 100 de la base de la deducción, porcentaje que se verá incrementado a partir del año 2016.

Personas jurídicas (IS) Ejercicio 2015 Ejercicios 2016
y posteriores
Resto 35% 35%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * 37.5% 40%
Límite deducción base liquidable 10% 10%
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
  • Si eres PERSONA JURÍDICA, EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES PODRÁS DEDUCIRTE EL 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es
  • Si resides en una Comunidad Autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

Recuerda que PARA QUE PODAMOS INFORMAR A LA AGENCIA TRIBUTARIA DEL IMPORTE DE TUS CUOTAS Y DONATIVOS ES IMPRESCINDIBLE QUE NOS HAYAS FACILITADO TU DNI O NIF Y DOMICILIO. Por favor, si aún no lo has hecho escríbenos a info@persovuses.org

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es